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Fundamento Legal

Concejo Cantonal de Proteccion de Derechos - Guamote

De acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia, la Ley Orgánica Para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y la Ley Orgánica del Adulto Mayor. La Junta Cantonal de Protección de Derechos, realiza las siguientes funciones:

  1. Conocer, de oficio o a petición de parte, los casos de amenaza o violación de los derechos individuales de niños, niñas, adolescentes, mujeres víctimas de violencia y personas adultas mayores en situación de riesgo dentro de la jurisdicción del cantón Guamote; y disponer las medidas administrativas de protección que sean necesarias para proteger el derecho amenazado o restituir el derecho violado;
  2. Vigilar la ejecución de las medidas administrativas dispuestas;
  3. Interponer las acciones necesarias ante los órganos judiciales competentes en los casos de incumplimiento de sus decisiones y /o delitos debidamente tipificados en el COIP;
  4. Requerir de los funcionarios públicos de la administración central y seccional, la información y documentos que requieran para el cumplimiento de sus funciones.
  5. Llevar el registro de las familias, adultos, niños, niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia del cantón Guamote, a quienes se haya aplicado medidas de protección;
  6. Denunciar ante las autoridades competentes la comisión de infracciones administrativas y penales en contra de niños, niñas, adolescentes mujeres víctimas de violencia y personas adultas mayores en situación de riesgo.
  7. Articulación intersectorial con instituciones públicas competentes, a través de remisión de casos de presunta vulneración de derechos, para valoración psicológica, socioeconómica y/o médica, según corresponda;
  8. Emisión de Avocatoria de Conocimiento, Resolución Administrativa, según corresponda; Remisión de casos concernientes a la máxima autoridad de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Guamote (cumplir con el debido proceso de Apelación).
  9. Elaboración de Informes de Derivación de Casos, para la intervención y seguimiento de acuerdo a funciones y competencias, verificando así, la rectificación de conductas de riesgo y/o amenaza.
  10. Entrega de notificaciones/ citaciones según corresponda, a los actores del proceso administrativo (cumpliendo con periodos de tiempo establecidos en la base legal vigente).
  11. Actualización periódica de expedientes individuales, mediante seguimiento al cumplimiento de disposiciones emitidas en Resolución Administrativa.
  12. Planificación y ejecución de estrategias de prevención de vulneración de derechos cometidos hacia grupos de atención prioritaria, mediante la articulación con actores estratégicos del sistema cantonal- provincial de protección de derechos.
  13. Articulación intersectorial, mediante la ejecución de proyectos, estrategias que mejoran la calidad de vida en cuanto a situaciones de vulneración de derechos.
  14. Participación en talleres de capacitación referentes a temas de Protección de Derechos y Fortalecimiento del Sistema Provincial de atención a niños, niñas, adolescentes mujeres víctimas de violencia y personas adultas mayores en situación de riesgo.
  15. Reuniones de trabajo para análisis de ratificación, modificación y/o revocación de medidas de protección, dispuestas en Resolución Administrativa, dicho análisis se da bajo la observancia y criterio de la máxima autoridad de la UJMCG.